Orden de 15 de junio de 2026, por la que se establece la distribución de las cantidades a percibir por las Entidades Locales en el ejercicio presupuestario 2026, para la financiación de los servicios sociales comunitarios en Andalucía, así como para el refuerzo de los equipos de atención a la infancia y la familia, en ejecución de lo previsto en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI)
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Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, Orden de 15 de junio de 2026, por la que se establece la distribución de las cantidades a percibir por las Entidades Locales en el ejercicio presupuestario 2026, para la financiación de los servicios sociales comunitarios en Andalucía, así como para el refuerzo de los equipos de atención a la infancia y la familia, en ejecución de lo previsto en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI). BOJA, 18/06/2026.
Ref.
609787
Palabras clave:
Financiación, Servicios sociales, Entidades locales, Inclusión social, Exclusión social, Pobreza, Infancia, Adolescentes, Juventud, Familia, Andalucía
Financiación, Servicios sociales, Entidades locales, Inclusión social, Exclusión social, Pobreza, Infancia, Adolescentes, Juventud, Familia, Andalucía
類似資料: Orden de 15 de junio de 2026, por la que se establece la distribución de las cantidades a percibir por las Entidades Locales en el ejercicio presupuestario 2026, para la financiación de los servicios sociales comunitarios en Andalucía, así como para el refuerzo de los equipos de atención a la infancia y la familia, en ejecución de lo previsto en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI)
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