Sexualidad y planes de vida. El derecho al disfrute de una sexualidad plena, responsable, consentida, respetuosa y en condiciones de igualdad para todas las personas con discapacidad intelectual
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Asociación Sexualidad y Discapacidad, Sexualidad y planes de vida. El derecho al disfrute de una sexualidad plena, responsable, consentida, respetuosa y en condiciones de igualdad para todas las personas con discapacidad intelectual. Toledo, Plena inclusión Castilla-La Mancha, 2025, 178 p.
Ref.
606992
Location:
SIIS Archivo
Palabras clave:
Discapacidad intelectual, Sexualidad, Derecho, Consentimiento, Ética, Bienestar, Educación, España
Discapacidad intelectual, Sexualidad, Derecho, Consentimiento, Ética, Bienestar, Educación, España
Abstract:
La sexualidad es una dimensión humana fundamental, constitutiva e inseparable de la persona; una parte integral de la personalidad, presente desde el nacimiento y que nos acompaña a lo largo de toda la vida. No es un añadido ni un lujo, sino una necesidad humana básica para el desarrollo pleno, que abarca el deseo de contacto, intimidad, expresión emocional, placer, ternura y amor (Asociación Mundial para la Salud Sexual [WAS], 2014).<br><br>Esta vivencia, que se expresa a través de pensamientos, fantasías, deseos, valores y relaciones, es, ante todo, un derecho humano universal. Así lo establecen y reconocen la Declaración Universal de los Derechos Humanos (Naciones Unidas, 1948) y la Declaración de los Derechos Sexuales (WAS, 2014), que afirman que toda persona, sin distinción alguna, tiene derecho a una sexualidad plena, responsable, consentida y en condiciones de igualdad. Esto incluye, por supuesto, a las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo, en toda su diversidad de edades, identidades, orientaciones y necesidades de apoyo. Sin embargo, históricamente, este colectivo ha visto negado o silenciado este aspecto esencial de su humanidad bajo el peso de falsas creencias, carentes de base científica. Por ello, incluir la sexualidad en sus proyectos de vida no es, en modo alguno, una opción, sino una obligación ética y un imperativo de justicia.
La sexualidad es una dimensión humana fundamental, constitutiva e inseparable de la persona; una parte integral de la personalidad, presente desde el nacimiento y que nos acompaña a lo largo de toda la vida. No es un añadido ni un lujo, sino una necesidad humana básica para el desarrollo pleno, que abarca el deseo de contacto, intimidad, expresión emocional, placer, ternura y amor (Asociación Mundial para la Salud Sexual [WAS], 2014).<br><br>Esta vivencia, que se expresa a través de pensamientos, fantasías, deseos, valores y relaciones, es, ante todo, un derecho humano universal. Así lo establecen y reconocen la Declaración Universal de los Derechos Humanos (Naciones Unidas, 1948) y la Declaración de los Derechos Sexuales (WAS, 2014), que afirman que toda persona, sin distinción alguna, tiene derecho a una sexualidad plena, responsable, consentida y en condiciones de igualdad. Esto incluye, por supuesto, a las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo, en toda su diversidad de edades, identidades, orientaciones y necesidades de apoyo. Sin embargo, históricamente, este colectivo ha visto negado o silenciado este aspecto esencial de su humanidad bajo el peso de falsas creencias, carentes de base científica. Por ello, incluir la sexualidad en sus proyectos de vida no es, en modo alguno, una opción, sino una obligación ética y un imperativo de justicia.