Informe anual 2012. Mecanismo nacional de prevención de la tortura
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Informe anual 2012. Mecanismo nacional de prevención de la tortura. Madrid, Defensor del Pueblo, 2013, 308 p.
Ref.
192556
Location:
SIIS Archivo
Palabras clave:
Adultos, Centros de acogida, Centros menores infractores, Defensor del Pueblo, Delincuencia, Delincuencia juvenil, Dependencia, Discapacidad, Enfermos, Entorno institucional, Hospital psiquiátrico judicial, Informes oficiales, Malos tratos, Menores, Migración, Minorías, Personas mayores, Prevención, Prisión, Quejas, Recomendaciones, Residencias, Residencias asistidas, Autonomías, España
Adultos, Centros de acogida, Centros menores infractores, Defensor del Pueblo, Delincuencia, Delincuencia juvenil, Dependencia, Discapacidad, Enfermos, Entorno institucional, Hospital psiquiátrico judicial, Informes oficiales, Malos tratos, Menores, Migración, Minorías, Personas mayores, Prevención, Prisión, Quejas, Recomendaciones, Residencias, Residencias asistidas, Autonomías, España
Abstract:
Como entidad responsable del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, el Defensor del Pueblo realiza visitas periódicas a centros de privación de libertad para comprobar si en ellos se dispensa un trato adecuado a las personas allí retenidas. La actividad desarrollada en este campo se refleja en una serie de informes anuales, el último de los cuales se reseña en estas líneas. Las conclusiones del documento aparecen agrupadas por tipo de establecimiento. Entre otras cuestiones, Soledad Becerril denuncia que en las detenciones de corta duración no se informa por escrito de la posibilidad de interponer un procedimiento de hábeas corpus, que los centros de internamiento para extranjeros carecen de un reglamento que regule la estancia en ellos y que muchos centros penitenciarios incumplen la norma que les obliga a alojar a una persona por celda. Aunque son numerosas las recomendaciones aceptadas y aplicadas, otras son rechazadas o siguen sin implementarse, incluso pasados varios años desde su formulación.
Como entidad responsable del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, el Defensor del Pueblo realiza visitas periódicas a centros de privación de libertad para comprobar si en ellos se dispensa un trato adecuado a las personas allí retenidas. La actividad desarrollada en este campo se refleja en una serie de informes anuales, el último de los cuales se reseña en estas líneas. Las conclusiones del documento aparecen agrupadas por tipo de establecimiento. Entre otras cuestiones, Soledad Becerril denuncia que en las detenciones de corta duración no se informa por escrito de la posibilidad de interponer un procedimiento de hábeas corpus, que los centros de internamiento para extranjeros carecen de un reglamento que regule la estancia en ellos y que muchos centros penitenciarios incumplen la norma que les obliga a alojar a una persona por celda. Aunque son numerosas las recomendaciones aceptadas y aplicadas, otras son rechazadas o siguen sin implementarse, incluso pasados varios años desde su formulación.
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